viernes, 12 de septiembre de 2025
“ARTÍCULO 18 DE LA LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONAL
En el marco de la reforma al artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional. Se solicita difundir entre las escuelas, en materia del reconocimiento a las mujeres que han transformado nuestra patria, con la finalidad de fomentar el amor a la patria y el respeto a nuestros símbolos patrios. En lo que respecta a nuestra atribución como Autoridades Educativas en el contexto de dicha Ley, está el llevar a cabo las acciones necesarias para dar cabal cumplimiento con lo establecido en su artículo 18 sobre el izamiento de la Bandera Nacional a toda asta y a media asta en las fechas y espacios establecidos en dicha disposición.
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